REPARTIR O NO REPARTIR
Años atrás, cuando era ministro, el fallecido economista Mario Henrique Simonsen de Brasil dijo que habían dos tipos de capitalistas: los que aplicaban sus dineros ahorrados (capitales) y los que administraban esos capitales, “desde adentro” (desde las empresas). Los primeros eran considerados “pequeños capitalistas” y/o “grandes ahorradores” (o Trabajadores de alta renta) y los segundos “grandes capitalistas” o “capitalistas hegemónicos”, “capitalistas administradores”. Explicamos mejor: si un profesional invierte sus ahorros en la compra de acciones de una empresa, es un pequeño capitalista. Ya un director de empresa (miembro del directorio) es un gran capitalista o representante de un gran capitalista hegemónico. Según el principio del “capitalismo salvaje” la función de una empresa es el “lucro” (la utilidad financiera y nada más) y esto la hace más o menos interesante, según sea el lucro (utilidad financiera) que ella da. Parte, o todo, de este lucro según sea su aplicación, la hace prosperar más (o menos). Ya para los marxistas el lucro o el interés financiero es prohibido y debe ser evitado. Lo llaman “plusvalía”. Las empresas no pueden producir resultado financiero, según Marx. Para los que profesan la FILOSOFÍA SOCIALISTA DEMOCRÁTICA (no marxistas), la utilidad o el lucro de una empresa es reconocido y válido. Constituye el 50% del objetivo de todas las empresas. El otro 50% debe ser el objetivo social. Se reconoce el lucro o plusvalía como el motor que mueve naturalmente a las empresas y el uso de esta plusvalía constituye su objetivo más financiero o más social, según sea su forma de distribución. Por eso el Socialismo democrático opina que el 50% del lucro debería ser entregado al gobierno en la forma de contribución social o impuesto social obligatorio. Un equilibrio moderado es adecuado. Todos los lucros o utilidades (o parte de ellos; por lo menos el 50%) son de los accionistas (los propietarios). Según Mario Henrique Simonsen, debería ser obligatorio distribuir ellos o una parte de ellos después de un periodo determinado o cada final de periodo determinado. La idea del ex ministro no fue adelante (sugería ser obligatorio repartir por lo menos el 50% de las utilidades) y el capitalismo salvaje hizo valer su premisa de repartir el lucro solo cuando los directores quisieran. Es así como, cuando al final de un ejercicio fiscal de una empresa el directorio decide no repartir lucros y todos os accionistas minoritarios se quedan “chupando el dedo”. Los minoritarios usan su derecho de “llorar y llorar”. Los enormes salarios (los sueldos enormes), los premios, las garantías, las regalías y los “por fuera” de los directores se “quedan intocados”. Deducimos entonces que es fantástico ser un gran capitalista en una economía capitalista salvaje. Es la “ley del embudo”, la parte ancha para los directores y la parte estrecha para los demás: los pequeños. ¿Una nueva Constitución chilena debería proteger a los pequeños accionistas? ¿Darles garantías? ¿O este es un asunto del Parlamento? ¿Y Ud., qué opina? OPINE. Es su derecho.
¿UD SABIA QUE LA FILOSOFÍA DEL SOCIALISMO DEMOCRÁTICO REUNE LO MEJOR DEL SOCIALISMO (JUSTICIA SOCIAL) CON LO MEJOR DE LA DEMOCRACIA (LIBERTAD CON PLURIPARTIDISMO)?